
La reciente sentencia emitida por el Juzgado Social 32 de Barcelona ha marcado un hito significativo en el reconocimiento de los derechos de los artistas, permitiendo a una jubilada mantener su pensión íntegra mientras continúa desempeñando su actividad creativa. Esta decisión, que puede ser objeto de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, es vista como un precedente clave por el Colectivo Ronda.
La resolución judicial, a la que tuvo acceso Europa Press, anula las retenciones impuestas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que descontaba del monto total de la pensión los ingresos correspondientes a un porcentaje de demora, que ascende a un 4% adicional por cada año que se retrasa el acceso a la jubilación. Desde el colectivo de apoyo a trabajadores, destacan que este fallo podría ser beneficioso para numerosos artistas, al evitar recortes injustificados en sus pensiones al continuar activos en sus disciplinas.
La jueza que dictó la sentencia enfatizó la importancia de la normativa vigente, citando la disposición final del Real Decreto-ley 26/2018, que establece medidas urgentes para la promoción de la creación artística y cinematográfica. Esta normativa, a su vez, está desarrollada en el Real Decreto 302/2019, incorporando un artículo que permite a los artistas compatibilizar su trabajo con la percepción total de la jubilación siempre que se registren adecuadamente en el sistema de seguro social.
La magistrada resaltó que la intención del legislador con esta modificación era facilitar que los artistas pudieran ejercer sus actividades sin penalizar su derecho a una pensión completa, indicando que la legislación anterior no era suficiente para alcanzar este objetivo. En su argumentación, puso en evidencia la irracionalidad de premiar a los artistas que se jubilan después de la edad oficial y, simultáneamente, aplicar recortes en sus pensiones cuando, de hecho, la ley busca promover la compatibilidad entre ambos aspectos.
Para la artista demandante, que había limitado su trabajo a proyectos esporádicos, esta sentencia representa la recuperación de los montos descontados de su pensión por el INSS, que variaban entre los 106 y 215 euros en cada uno de los seis fallos emitidos entre julio de 2023 y mayo de 2025. Aunque la decisión judicial aún no es definitiva, la abogada del Colectivo Ronda, Pilar Casas, quien ha defendido a la solicitante, ha señalado la relevancia de esta resolución, que prioriza el propósito de la normativa de 2023: permitir que los artistas continúen contribuyendo a la sociedad sin sacrificar sus derechos adquiridos a raíz de sus cotizaciones, desafiando así la postura restrictiva del INSS.
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