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La Audiencia Nacional ratifica el cierre del caso 'Tsunami' ante las persistentes demandas de los acusadores.

La Audiencia Nacional ratifica el cierre del caso 'Tsunami' ante las persistentes demandas de los acusadores.

MADRID, 13 de marzo. La Audiencia Nacional ha anunciado el archivo de la investigación relacionada con 'Tsunami Democràtic'. Esta decisión llega en respuesta a los argumentos presentados por varias acusaciones, entre ellas Vox y Dignidad y Justicia, que insistían en que existían pruebas de delitos. Sin embargo, la AN ha destacado que dichos indicios no se obtuvieron a través de la declaración de los investigados, quienes no tuvieron la oportunidad de defenderse debido a que el proceso se mantuvo en secreto.

En el auto emitido por la Sección Tercera, supervisado por el magistrado Francisco Javier Vieira, se enfatiza que las acusaciones no han podido contrarrestar la evidencia presentada. El tribunal recalca que la falta de participación de los encausados en la instrucción, quienes no tuvieron la oportunidad de declarar, socavó su derecho a una defensa adecuada. Esto fue decisivo para la decisión de archivar el caso.

La resolución también aclara que las apelaciones presentadas por Sociedad Civil Catalana, Vox y Dignidad y Justicia carecían de fundamento sólido. Se menciona que el instructor, Manuel García-Castellón, había decidido archivar el proceso tras la anulación de diligencias que se habían realizado durante tres años, ya que las investigaciones no respetaron los plazos establecidos.

El artículo indica que, en particular, el hecho de que las diligencias realizadas no puedan ser cuestionadas adecuadamente por las defensas es lo que subraya la indefensión de los encausados. Vieira señala que seguir adelante con el proceso sin permitir a los investigados la oportunidad de defenderse habría resultado en una violación significativa de sus derechos.

Asimismo, el magistrado recuerda que el derecho a ser escuchado en la fase de instrucción es fundamental para garantizar una defensa efectiva. La ausencia de esta oportunidad genera un desequilibrio en el sistema legal que no puede ser ignorado.

A este respecto, Vieira refuerza su postura al señalar que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los investigados no habían tenido la oportunidad de defenderse de manera efectiva antes del cierre de la instrucción, lo que justifica la decisión de cierre del caso.

Es importante señalar que la Sala de lo Penal había declarado previamente la invalidez de las diligencias producidas después de la fecha de prórroga del 29 de julio de 2021, afectando diversas imputaciones, entre ellas las relacionadas con terrorismo contra figuras como el expresidente Carles Puigdemont y la exsecretaria general de ERC, Marta Rovira.

La decisión también repercute en una solicitud elevada al Tribunal Supremo en noviembre de 2023 por parte del instructor, donde se pedía abrir una causa penal por terrorismo contra Puigdemont, quien está aforado por su condición de eurodiputado. Sin embargo, la Sala concluyó que la prórroga había sido "extemporánea" y que la continuación del proceso debía basarse únicamente en las diligencias previas a la fecha límite establecida.

Finalmente, la Sala de lo Penal abordó las observaciones del instructor sobre la continuidad del plazo de instrucción, subrayando la contradicción en su razonamiento. La corte determinó que no se puede afirmar que un plazo se cumpla y, a la vez, que no se haya cumplido apenas un día después de su expiración.