24h Cataluña.

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Puigdemont ve rechazada su demanda contra la Eurocámara por su escaño.

Puigdemont ve rechazada su demanda contra la Eurocámara por su escaño.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado de forma definitiva el recurso presentado por Carles Puigdemont y Toni Comín contra el Parlamento Europeo, que no los reconoció como eurodiputados luego de las elecciones de mayo de 2019 y les negó la inmunidad correspondiente.

El TJUE respalda la sentencia previa que dictaminó que el entonces presidente de la Eurocámara, Antonio Tajani, no podía desviarse de la lista oficial de diputados electos notificada por las autoridades españolas, de la cual la Junta Electoral Central (JEC) excluyó a los dos políticos independentistas por no acatar la Constitución al no presentarse en Madrid.

El Tribunal subraya que el presidente del Parlamento Europeo no tiene competencia para verificar la exactitud de la lista enviada por la JEC, ya que eso interferiría en las responsabilidades de la Unión Europea y los Estados miembros. En consecuencia, la sentencia obliga a Puigdemont y Comín a asumir los costos del proceso y los del Parlamento Europeo.

El Parlamento Europeo ha tomado nota de la resolución y sus servicios legales revisarán los detalles. La institución seguirá aplicando las reglas vigentes, según fuentes parlamentarias. La decisión en apelación no tiene efectos prácticos, ya que se refiere a una legislatura pasada y ambos políticos pudieron ocupar sus escaños en enero de 2020, tras el cambio de presidencia.

El presidente del Parlamento se basó en una sentencia previa del TJUE que respaldaba el reconocimiento de Oriol Junqueras como eurodiputado desde la oficialización de los resultados electorales de 2019. Sin embargo, esta nueva decisión del Tribunal afectará el recurso pendiente de Comín para reclamar su escaño obtenido en las elecciones recientes.

Comín ha solicitado medidas cautelares que le permitan tomar su escaño temporalmente, pero aún no ha habido una respuesta del Tribunal. El exconseller se basa en la opinión del Abogado General de la UE, quien respaldó su posición y la de Puigdemont. Sin embargo, el TJUE desestima esos argumentos al señalar que la lista de diputados electos es competencia exclusiva de los órganos jurisdiccionales nacionales.

En resumen, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado que el presidente del Parlamento Europeo no puede interferir en las decisiones nacionales en cuanto a la proclamación de los diputados electos. Esto deja claro que no se puede presentar un recurso contra el presidente por no ejercer su facultad discrecional en este caso específico.

Además, el Tribunal destaca que las alegaciones contra el presidente del Parlamento por supuestamente negarse a divulgar la solicitud de Puigdemont y Comín para proteger sus privilegios e inmunidades se basan en un acto inexistente. Es importante seguir de cerca cómo se desarrollará la situación en este tema tan complejo y políticamente cargado.