24h Cataluña.

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Guardia urbano exonerado sin juicio por disparar a un indigente en Barcelona en 2020.

Guardia urbano exonerado sin juicio por disparar a un indigente en Barcelona en 2020.

En un giro inesperado de los acontecimientos, la Audiencia de Barcelona ha decidido absolver al agente de la Guàrdia Urbana que disparó a un hombre sin hogar durante un incidente ocurrido en noviembre de 2020. Esta resolución se dio a conocer tras la reclamación de la Fundació Arrels, que había intentado ejercer la acusación popular contra el policía, pero el tribunal desestimó su solicitud antes del inicio del juicio, que estaba programado para el miércoles.

La defensa del agente argumentó que la Fundación no tenía legitimidad para presentar una acusación en este caso, ya que la Fiscalía había optado por no acusar al policía y buscaba la absolución del hombre sin hogar, sugiriendo su internamiento en un centro médico debido a un diagnóstico de trastorno delirante crónico con esquizofrenia. En este contexto, la defensa insistió en que, sin el respaldo de una acusación formal por parte de la Fiscalía o de la víctima, el juicio no podía proceder.

El abogado del agente también destacó que el hombre sin hogar se encontraba en paradero desconocido y no había dado su consentimiento a Arrels para actuar en su nombre. Por esta razón, se solicitó la expulsión de la fundación del proceso y una sentencia absolutoria para el policía.

Además, la defensa subrayó que los cargos presentados en el juicio se limitaban a lesiones, sugiriendo que la acusación de intento de homicidio solicitada por Arrels era inapropiada, pues no se alineaba con las pruebas presentadas. Este hecho, según el abogado, violaría el principio acusatorio y los derechos de defensa del acusado.

La Fiscalía, por su parte, argumentó que el asunto de la legitimidad de la acusación popular ya había sido debatido previamente y que la decisión inicial había permitido la participación de Arrels. Sin embargo, el tribunal confirmó su postura de que la fundación no contaba con un mandato claro del hombre sin hogar para actuar como acusación.

Eva Hobeich, abogada de Arrels, solicitó que se considerara la declaración previa del sintecho, destacando su dificultad para ser localizado, pero el tribunal determinó que la falta de un consentimiento explícito impedía que la fundación pudiera continuar como parte acusadora.

Finalmente, la decisión del tribunal de absolver al agente se basó en la falta de fundamentos necesarios para mantener la acusación, aunque las partes fueron informadas de que podían presentar un recurso. La respuesta de Arrels no se hizo esperar; su responsable de servicios jurídicos manifestó su descontento por el fallo, afirmando que sería un acto muy complejo juzgar adecuadamente la proporción de la actuación policial.

La letrada de Arrels hizo hincapié en la problemática de notificación a personas sin hogar, quienes a menudo carecen de acceso a medios convencionales de comunicación. Consideró que el tribunal había adoptado una interpretación excesivamente estricta, vulnerando así derechos fundamentales como el acceso a la justicia.

Los hechos se desencadenaron el 21 de noviembre de 2020, cuando el hombre, que estaba bloqueando la entrada de un edificio en Passeig Sant Joan, fue abordado por la policía, a lo que él respondió con resistencia, armándose con un cuchillo. Tras una confrontación donde se ignoraron múltiples órdenes de alto, el agente disparó para neutralizar la amenaza, causando lesiones al hombre de gravedad.